El Vino Español y sus Denominaciones de Origen
Por: Ing. Manuel Fernández San Martín
Denominación de Origen (D.O.) es un tipo de indicación geográfica aplicada a un producto cuya calidad o características se deben fundamental y exclusivamente a su medio geográfico y en el cómo se produce, transforma y elabora.
En otras palabras, es una calificación que se emplea para proteger legalmente ciertos productos que se elaboran en una zona determinada, contra productos de otras zonas que quisieran aprovechar el buen nombre que han creado los originales, en un largo tiempo de fabricación o cultivo.
Los productores que se acogen a la Denominación de Origen se comprometen a mantener la calidad y a mantener también los usos tradicionales en la producción y se exige utilizar la uva tradicional de la zona. Asimismo, existe un organismo público regulador de la Denominación de Origen, que autoriza exhibir su sello o distintivo a los productores de la zona que cumplen las reglas.
La ventaja fundamental de la Denominación de Origen es que garantiza al consumidor un nivel de calidad constante y unas características específicas. A cambio, los productores obtienen una protección legal contra la producción o elaboración de tales productos en otras zonas, aunque se utilicen los mismos ingredientes y procedimientos, que les permite influir sobre el precio final de éstos. También se señala que esta figura fomenta la organización del sector productivo y facilita el acceso de productores a mercados nacionales e internacionales.
Vino de España
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| Zonas Vinícolas Españolas |
Los españoles beben una media de 38 litros de vino al año por persona, siendo el noveno país consumidor neto de vino del mundo.
Las variedades nativas de uva española son abundantes, con más de 600 variedades nativas plantadas por todo el país, aunque aproximadamente el 80% del vino producido a nivel nacional se elabora con sólo unas 20 variedades, entre las que destacan; Tempranillo, Albariño, Garnacha, Palomino, Airén, Macabeo, Parellada, Xarel-lo, Cariñena y Monastrell.
Algunas de las zonas vinícolas más conocidas internacionalmente son Rioja, Ribera del Duero, famosa por su producción de Tempranillo; el Marco de Jerez, por sus vinos fortificados; Rías Baixas, por sus vinos blancos de Albariño; Penedés, por la producción de cava; y Priorato.
En España la categoría y la calidad de los vinos está regulada por la la Ley 24/2003 de la Viña y del Vino, que a su vez adapta el anterior estatuto del vino de 1970 a la legislación europea.
Según la ley indicada, el vino es el alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva.
Categorías
de los vinos
Según la normativa europea, los vinos se clasifican en tres categorías de acuerdo a su nivel de protección geográfica y al grado de exigencia en su proceso de fabricación. En España, la primera categoría está dividida a su vez en varias subcategorías.
Vinos con Denominación de
Origen Protegida (DOP)
Regiones
vinícolas españolas productoras de vinos con denominación de origen y denominación
de origen calificada, a junio de 2009.Los Vinos con Denominación de Origen Protegida, son vinos cuya calidad y características se deben esencialmente o exclusivamente a su origen geográfico, con sus factores humanos y culturales inherentes. Poseen una calidad, reputación u otras características específicas atribuibles a su origen geográfico. El 100% de las uvas proceden exclusivamente de la zona geográfica de producción y su elaboración tiene lugar dentro de la zona geográfica. Estos vinos, de mayor a menor calidad, se clasifican en:
- Vinos de Pagos (VP): son los originarios de un pago,
entendiendo por tal el paraje
o sitio rural con características propias que lo diferencian y
distinguen de otros de su entorno. En caso de que la totalidad del pago se
encuentre incluida en una Denominación
de Origen Calificada, podrá recibir el nombre de «Pago Calificado», y los vinos
producidos en él se denominarán «Vinos
de Pago Calificado», siempre que acredite
que cumple los requisitos exigidos a los vinos de la Denominación de Origen Calificada y se encuentre
inscrito en la misma.
- Vinos con Denominación de Origen
Calificada (DOCa):
esta categoría está reservada a los vinos con Denominación de Origen que
han alcanzado altas cotas de calidad durante un dilatado periodo de
tiempo. Además de una mayor exigencia de control y calidad, deben haber
transcurrido, al menos, diez
años desde su reconocimiento como «Denominación de Origen» para poder obtener la categoría de
«Calificada».
- Vinos con Denominación de Origen (DO): son vinos de prestigio que proceden
de un área de producción delimitada y con una elaboración reglamentada por
un Consejo Regulador. Deben haber transcurrido, al menos, cinco años desde su
reconocimiento como «Vino de Calidad con Indicación Geográfica».
Una denominación especial es la de Cava,
que se utiliza para vinos espumosos y que en España tiene la consideración de
una Denominación de Origen (DO) que abarca a varias regiones, con especial
arraigo en Cataluña.
- Vinos de Calidad con Indicación
Geográfica (VC): es
el producido y elaborado en una región, comarca, localidad o lugar
determinado con uvas procedentes de los mismos, cuya calidad, reputación o
características se deban al medio geográfico, al factor humano o a ambos,
en lo que se refiere a la producción de la uva, a la elaboración del vino
o a su envejecimiento.
Están exentos de la obligación de incluir la mención geográfica los vinos españoles con las denominaciones: cava, jerez y manzanilla, al considerarse que su denominación tradicional está vinculada a un área geográfica específica.
Vinos de la Tierra (VdlT)
Regiones
vinícolas españolas productoras de vinos con derecho a la mención tradicional Vino
de la Tierra, a junio de 2009.
La legislación europea los clasifica como «Vinos con Indicación Geográfica Protegida» (IGP) y la española como «Vinos de mesa con derecho a la mención tradicional Vino de la Tierra». Son vinos procedentes y elaborados en un área geográfica delimitada, teniendo en cuenta unas determinadas condiciones ambientales y de cultivo que puedan conferir a los vinos características específicas. Poseen una calidad, reputación u otras características específicas atribuibles a su origen geográfico. Al menos el 85% de las uvas procede exclusivamente de la zona geográfica.
Se incluyen aquí los vinos denominados Viñedos de España que agrupa a varias regiones españolas.
En otros países los vinos con Indicación Geográfica Protegida se denominan: regional wine (Reino Unido), vin de pays (Francia, Luxemburgo y la provincia italiana de Valle de Aosta), indicazione geográfica típica (Italia), vinho regional (Portugal), Landwein (Alemania) o landwijn (Países Bajos).
Vinos de Mesa
Los Vinos de Mesa son aquellos vinos no incluidos en ninguna zona geográfica protegida. Estos vinos no pueden hacer ninguna referencia geográfica sobre su procedencia y no tienen que cumplir las exigencias que se piden a los vinos procedentes de zonas geográficas protegidas.




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